A partir del 1° de enero de 2026, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) se integra al Sistema Único Tributario (SUT), una medida clave que busca simplificar las obligaciones fiscales de los pequeños contribuyentes.
La incorporación fue oficializada a través de la Resolución General ARCA 5769/2025, y tendrá un impacto directo en quienes se encuentran en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) y, al mismo tiempo, tributan en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de CABA.
Hasta ahora, los contribuyentes debían cumplir con obligaciones separadas: por un lado, las de AFIP/ARCA vinculadas al Monotributo, y por otro, las de AGIP relacionadas con los Ingresos Brutos.
Con esta integración, ambos sistemas se unifican en una sola plataforma: el portal “Monotributo”. Allí, los inscriptos en CABA deberán declarar su condición frente a Ingresos Brutos al momento de la inscripción.
Los datos serán verificados automáticamente con:
La actividad declarada en ARCA.
Información de la Comisión Arbitral.
El domicilio fiscal informado ante ARCA.
El padrón de AGIP.
De esta forma, se busca simplificar trámites y evitar duplicidad de presentaciones.
Los contribuyentes que ya forman parte del Régimen Simplificado de CABA no necesitarán hacer gestiones adicionales: serán migrados de manera automática al Sistema Único Tributario.
La nueva credencial F. 1520 será clave en este proceso, ya que incluirá el Código Único de Revista (CUR), que integrará:
El impuesto único del Monotributo.
Los aportes al SIPA y al Sistema Nacional de Salud (cuando corresponda).
El pago del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos CABA.
El pago de obligaciones se realizará como hasta ahora: a través de las modalidades habilitadas por Monotributo. Quienes tengan débito automático verán incorporado el importe correspondiente a Ingresos Brutos sin necesidad de trámites adicionales.
Otro aspecto importante es la recategorización: ya sea voluntaria o de oficio, tendrá efecto automático tanto en el Monotributo como en el Régimen Simplificado CABA, siempre que la categoría corresponda en ambas jurisdicciones.
La normativa también aclara qué sucede en caso de modificación de domicilio fiscal:
Si el contribuyente se muda a CABA, será dado de alta de oficio en el Régimen Simplificado local.
Si se traslada desde CABA a otra jurisdicción, será dado de baja de oficio del régimen porteño.
Esto elimina la necesidad de realizar trámites manuales de alta o baja en AGIP.
Un punto central de la nueva normativa es que la exclusión del Monotributo implicará automáticamente la baja en el Régimen Simplificado de CABA, y viceversa.
La misma regla aplica a la baja de oficio por falta de pago. Para poder reingresar al régimen, el contribuyente deberá regularizar previamente las deudas que originaron la exclusión.
En términos prácticos, la integración del SUT en CABA significa:
Menos trámites y mayor automatización en la gestión tributaria.
Unificación de pagos en una sola credencial y con un mismo vencimiento.
Mayor control cruzado de datos, lo que reduce errores y omisiones.
Impacto directo en la organización contable de monotributistas y profesionales independientes.
La incorporación de CABA al Sistema Único Tributario marca un paso importante en la simplificación fiscal para pequeños contribuyentes. Sin embargo, también exige estar atentos a los efectos automáticos de recategorizaciones, exclusiones y cambios de domicilio.
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