La AFIP habilitó el período fiscal 2022 para la carga de las declaraciones juradas correspondientes a:
Ganancias Personas Humanas, Impuesto Cedular y Bienes Personales
El vencimiento para presentar la declaración jurada determinativa y el pago operará entre el 12 y 14 de junio de 2023, según la terminación de la CUIT del contribuyente.
Por otra parte se publicaron las valuaciones de los bienes al 31 de diciembre de 2022 e informaciones complementarias para la determinación del impuesto sobre los bienes personales correspondiente al período fiscal 2022.
Con el objeto de lograr una mayor simplificación, entre las principales novedades se incorpora la búsqueda predictiva de rubros para identificar rápidamente el campo donde suministrar la información, la carga automática (mediante la importación de datos) de los pagos a cuenta correspondientes al impuesto a los débitos y créditos en cuentas bancarias en la declaración jurada del impuesto a las Ganancias para personas humanas y un rubro específico para declarar las monedas digitales, monedas virtuales, criptoactivos y similares.
Se incorporó el campo “Gastos de educación” para que se puedan aplicar la deducción en el impuesto a las Ganancias en concepto de gastos por servicios y herramientas con fines educativos, mientras que los empleadores de casas particulares podrán deducir del impuesto a las Ganancias el importe abonado en concepto de asignación no remunerativa.