

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares oficializó el nuevo acuerdo salarial para el personal comprendido en el régimen de la Ley 26.844. El esquema establece aumentos mensuales entre agosto y diciembre de 2026, junto con una suma fija no remunerativa por única vez correspondiente a agosto.
La medida fue formalizada mediante la Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), publicada en el Boletín Oficial el 3 de septiembre de 2026.
El acuerdo establece incrementos porcentuales mensuales que se aplican sobre las remuneraciones mínimas vigentes. El cronograma es el siguiente:
| Mes | Incremento |
|---|---|
| Agosto 2026 | 1,9% |
| Septiembre 2026 | 1,8% |
| Octubre 2026 | 1,7% |
| Noviembre 2026 | 1,6% |
| Diciembre 2026 | 1,6% |
El primer incremento, correspondiente a agosto, se calcula sobre las remuneraciones vigentes a julio de 2026. Los siguientes se incorporan de manera mensual de acuerdo con el esquema establecido en el acuerdo.
Esto implica que quienes tienen personal de casas particulares deberán considerar los nuevos valores al momento de realizar las liquidaciones correspondientes a cada período.
Además de los incrementos porcentuales, se estableció una suma fija no remunerativa correspondiente al mes de agosto de 2026.
El importe depende de la cantidad de horas semanales trabajadas:
| Jornada semanal | Suma no remunerativa |
|---|---|
| 16 horas o más | $20.000 |
| Desde 12 hasta menos de 16 horas | $11.500 |
| Menos de 12 horas | $8.000 |
Esta suma debe abonarse junto con la remuneración correspondiente a agosto de 2026.
Un punto importante para las próximas liquidaciones es que el concepto no remunerativo de agosto no queda como un pago aislado. Su importe se incorporará progresivamente a la remuneración básica entre septiembre y noviembre:
De esta manera, en noviembre queda incorporado al salario básico el 100% de la suma no remunerativa otorgada en agosto.
El nuevo acuerdo requiere prestar especial atención a la liquidación de haberes, ya que durante estos meses deberán contemplarse tanto los incrementos porcentuales mensuales como la incorporación progresiva de la suma no remunerativa.
Además, los nuevos valores deben analizarse según la categoría laboral, modalidad de contratación y cantidad de horas trabajadas, ya que estos factores determinan la remuneración mínima aplicable.
La correcta actualización de los salarios permite evitar diferencias en las liquidaciones y mantener regularizada la relación laboral conforme al régimen de casas particulares.
En CGC Consultores podemos ayudarte a interpretar los nuevos valores y a realizar correctamente la liquidación de salarios de personal de casas particulares. Contactanos para recibir asesoramiento.