Mediante el decreto 414/2023 se formalizó el aumento del mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias, vigente desde agosto 2023. Lo abonaran aquellas personas cuya remuneración sea mayor a $700.875 brutos mensuales, para aquellas personas que superen ese monto, pero no exceda de $808.341 mensuales, inclusive, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) será la encargada de establecer el monto deducible adicional pertinente.
Mediante el decreto 415/2023 se dispone incrementar en un 35% los importes de la escala progresiva y resultará de aplicación retroactiva para el período fiscal 2023.