Mediante el Decreto 377/2023, el Gobierno extendió el impuesto PAIS para la importación de mercaderías y servicios, aclararon que no se grava la importación de los bienes y servicios, sino la compra de billetes para hacer esa operación, ya que quien tenga dólares, podrán utilizarlos sin pagar este impuesto.
Esta medida comenzará a regir a partir del 24 de julio, surtiendo efectos para las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera efectuadas a partir de esa fecha, inclusive.
Se establece que el impuesto PAIS que se aplicará sobre la adquisición en el exterior de los servicios o su adquisición en el país prestados por no residentes será del 25% para oas siguientes servicios:
En tanto, los servicios de fletes y otros servicios de transporte por operaciones de importación o exportación de bienes, o su adquisición en el país cuando sean prestados por no residentes. tendrán una alícuota menor, del 7,5%.