Entrada en vigencia desde el 1° enero la nueva actualización del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias.
El nuevo piso para no tributar el impuesto a las Ganancias dejará de ser de $330.000 con los sueldos correspondientes a enero, entre los cambios está el nuevo piso desde el que se pagará, las escalas y las deducciones que se aplican para reducir el importe.
El nuevo monto a partir del cual se deberá tributar es de $ 404.062,00
A partir de enero, no sólo se actualizará de acuerdo a la variación interanual del RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Registrados) a octubre del salario bruto mínimo exento y la tabla de Deducción Especial Incrementada, sino también las deducciones personales, la deducción especial para los trabajadores en relación de dependencia y los tramos de la escala del impuesto.
Cuando la remuneración o haber bruto mensual sea mayor a los $404.062 y hasta la suma de $466.017, se va a poder computar un monto en concepto de deducción especial incrementada conforme a la reglamentación que dicte la Administración Federal de Ingresos Públicos