

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio un paso clave hacia la modernización administrativa con la publicación de la Resolución General 5803/2025, que redefine y unifica los procedimientos vinculados a la inscripción, modificación y cancelación de datos tributarios.
Este nuevo marco normativo comenzará a regir el 2 de marzo de 2026 y alcanza tanto a personas humanas como a sociedades, sucesiones indivisas y otros sujetos obligados.
La principal novedad es la digitalización integral de los trámites y la eliminación de procesos que resultaban redundantes o poco eficientes, como la Clave de Identificación (CDI), que será reemplazada progresivamente por la CUIT.
Con esta resolución, ARCA establece un esquema único que centraliza todos los trámites registrales en plataformas digitales oficiales. Esto implica que los contribuyentes podrán gestionar su CUIT, actualizar datos o solicitar bajas impositivas sin concurrir a una dependencia física, siempre que cuenten con la documentación respaldatoria correspondiente.
La medida busca reducir tiempos, costos administrativos y errores frecuentes en los registros fiscales, alineándose con estándares de gestión digital utilizados en otros organismos del Estado.
Uno de los cambios más relevantes es la supresión del procedimiento para obtener la Clave de Identificación (CDI) en el caso de personas humanas y sucesiones indivisas.
A partir de la entrada en vigencia de la norma, toda inscripción se realizará directamente mediante la CUIT, consolidando así un único identificador tributario.
Las CDI ya otorgadas continuarán siendo válidas, pero solo hasta que el contribuyente deba modificar algún dato registral. En ese momento, ARCA procederá automáticamente a su conversión en CUIT.
Los residentes argentinos con DNI podrán solicitar su CUIT de manera 100 % digital, utilizando:
El sitio web oficial de ARCA
La aplicación móvil ARCA Móvil
Durante el trámite, deberán adjuntar documentación que acredite:
Identidad
Domicilio real
Domicilio fiscal
Una vez otorgada la CUIT, será obligatorio declarar actividades económicas, domicilios y dar de alta los impuestos o regímenes correspondientes, respetando los plazos vigentes.
La normativa también contempla situaciones particulares:
Extranjeros residentes sin DNI argentino: podrán solicitar una CUIT provisoria, con una vigencia máxima de dos años, que será reemplazada por la definitiva una vez obtenido el documento nacional.
Personas residentes en el exterior: deberán designar un representante en Argentina, quien será el encargado de gestionar la inscripción ante ARCA.
En el caso de las sucesiones indivisas, la solicitud de CUIT deberá ser realizada por el administrador o representante legal, quien tendrá que presentar los formularios y la documentación que respalde su designación.
Este procedimiento también se realiza de manera digital, siguiendo los lineamientos del nuevo sistema registral.
Las personas jurídicas deberán gestionar su CUIT a través del servicio web denominado “Inscripción y Modificación de Personas Jurídicas”.
El representante legal deberá:
Ingresar al sistema con su clave fiscal
Seleccionar la opción “Alta nueva persona jurídica”
Elegir el tipo de clave “CUIT”
Completar la información solicitada
El estado del trámite podrá seguirse en línea mediante la opción “Consulta de trámites”.
Toda la documentación respaldatoria deberá estar certificada digitalmente, ya sea por escribano público o por el organismo de control correspondiente.
La resolución también define las pautas para la cancelación de la inscripción tributaria, que deberá solicitarse cuando:
Se cese definitivamente la actividad económica
Desaparezcan las causas que generaron la obligación de inscribirse
Algunas precisiones importantes:
Los responsables inscriptos en IVA podrán solicitar la baja una vez vendidos todos los bienes afectados a la actividad.
Los empleadores sin personal activo que hayan presentado el Formulario 931 “Sin empleados” quedan exceptuados de realizar el trámite de baja.
La gestión se efectúa a través del Sistema Registral o, en el caso de monotributistas, desde el Portal de Monotributo.
La normativa regula también casos como:
Cambio de residencia
Fallecimiento del contribuyente
Disolución de sociedades
En estos supuestos, la solicitud deberá presentarse dentro de un plazo de 60 días, acompañada de la documentación correspondiente en formato digital. Los documentos emitidos en el exterior deberán estar legalizados y, de ser necesario, traducidos.
ARCA podrá además cancelar de oficio la inscripción de empleadores que incumplan sus obligaciones durante 24 meses consecutivos, sin que ello implique la extinción de deudas pendientes. Esta cancelación puede revertirse luego de una fiscalización.
La entrada en vigencia de esta resolución implica nuevas responsabilidades y oportunidades de simplificación para contribuyentes y empresas. Contar con asesoramiento profesional permite evitar errores, demoras y contingencias fiscales en los procesos de inscripción o actualización registral.
En CGC Consultores acompañamos a personas y empresas en todos los trámites ante ARCA, desde la obtención de la CUIT hasta la gestión integral de obligaciones impositivas y societarias.
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