

Abril 2026 trae una nueva actualización salarial para encargados y empleados de edificios comprendidos en los CCT 589/2010 y 590/2010. El acuerdo firmado entre la FATERYH (Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal) y las cámaras empleadoras incorpora una suma fija remunerativa, ajustes sobre los salarios básicos y modificaciones que impactan directamente en la liquidación de haberes de los consorcios.
En esta nota te explicamos qué cambia, cómo debe aplicarse el incremento y cuáles son los valores de referencia para cada categoría este mes.
El acuerdo paritario de abril 2026 establece tres modificaciones principales que deben contemplarse en la liquidación salarial del personal de edificios.
Las actualizaciones se aplican sobre los haberes devengados en abril 2026 y deben liquidarse junto con los salarios del mes.
Se incorpora una suma fija remunerativa mensual de $100.000, liquidada de manera proporcional según la categoría y modalidad laboral de cada trabajador.
Al tratarse de un concepto remunerativo, integra la base de cálculo de aportes y contribuciones previsionales y debe incluirse en el recibo salarial correspondiente a abril 2026.
El acuerdo también dispone un incremento del 2% sobre el salario básico de marzo 2026 para la cuarta categoría (categoría inicial del convenio).
Este ajuste impacta proporcionalmente sobre el resto de las categorías y sobre los adicionales convencionales vinculados al básico, actualizando toda la escala salarial del sector.
Adicionalmente, se establecieron sumas específicas imputables al acuerdo celebrado en diciembre de 2025:
Estas sumas no constituyen un incremento adicional independiente, sino una adecuación de conceptos previamente acordados en la negociación paritaria.
A continuación, algunos valores de referencia correspondientes a salarios básicos de jornada completa:
| Categoría | Salario básico |
|---|---|
| Encargado permanente con vivienda 1° categoría | $1.044.417 |
| Encargado permanente sin vivienda 1° categoría | $1.211.978 |
| Mayordomo con vivienda 1° categoría | $1.079.875 |
| Intendente | $1.504.785 |
| Ayudante temporario | $996.882 |
| Vigilancia nocturna | $1.085.873 |
Los valores informados no incluyen la suma remunerativa de $100.000 ni adicionales convencionales como antigüedad, zona desfavorable u otros conceptos previstos en convenio.
Además del salario básico, la liquidación mensual del personal de propiedad horizontal contempla distintos adicionales convencionales que pueden modificar significativamente el importe final del recibo.
Entre los principales conceptos se encuentran:
En determinadas funciones —como vigilancia, tareas múltiples o categorías especiales— los adicionales pueden variar según el rol y las tareas efectivamente desarrolladas.
Los errores en la liquidación salarial del personal de edificios representan una de las principales fuentes de conflictos laborales en consorcios y administraciones de propiedad horizontal.
La omisión de incrementos paritarios, la incorrecta aplicación de adicionales o errores en la proporcionalidad entre categorías pueden derivar en reclamos ante el SECLO y en contingencias judiciales con impacto económico significativo para el consorcio.
Una correcta liquidación permite reducir riesgos laborales y asegurar el cumplimiento de las obligaciones convencionales y previsionales vigentes.
En CGC Consultores asesoramos a administradores y consorcios en liquidación de haberes, aplicación de convenios colectivos y prevención de contingencias laborales en propiedad horizontal.
Si necesitás asistencia para aplicar correctamente las nuevas escalas salariales o revisar la liquidación de sueldos de tu consorcio, podés comunicarte con nuestro equipo.