El decreto 438/2023 dispone en su artículo 12 que aquellos empleadores del Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares” que no fueran alcanzados por el impuesto sobre los bienes personales en el ejercicio fiscal 2022 y que hayan percibido ingresos netos en el mes de agosto por un monto inferior a $1.500.000 y que abonen la asignación no remunerativa prevista podrán solicitar el reintegro de hasta el 50% de lo abonado, delegando en el Ministerio de Trabajo las condiciones para su devolución.
La Resolución 1136/23 aclara que podrán solicitar el reintegro de hasta el 50% de la Asignación no remunerativa Decreto 438/2023 para el Personal de Casas Particulares, los empleadores que cumplan con los siguientes requisitos:
El monto total de la asignación no remunerativa será calculado sobre los salarios devengados en el mes de agosto de 2023 y abonado en 2 cuotas iguales, debiendo los empleadores que requieran el reintegro, presentar la solicitud para cada una de ellas.
Plazo para presentar
La solicitud se debe realizar a través del portal web de AFIP en la solapa “Casas Particulares” opción “solicitud reintegro de asignación no remunerativa – Decreto N° DECNU-2023-438-APN-PTE”.
La primera cuota correspondiente al salario devengado en el mes de agosto de 2023 se realizará entre el 25 y el 29 de septiembre de 2023; en tanto que la segunda cuota, correspondiente al salario devengado en septiembre se realizará entre el 2 y el 8 de octubre de 2023.
Solicitud del reintegro
Para solicitar el reintegro los empleadores deberán cumplimentar en cada mes la presentación de la siguiente documentación: