Bono de $ 60.000 para trabajadores del sector privado y estatales
El Gobierno oficializó el pago del bono de $ 60000 para trabajadores del sector público y privado, que perciban salarios inferiores a $400.000. Se abonará en 2 cuotas de $ 30000
Para el personal de casas particulares se abonarán $ 25000 en dos cuotas de $ 12500.
El DNU comunica lo siguiente
- Se abonará una asignación no remunerativa para los trabajadores que cumplen tareas en relación de dependencia en el sector privado, que ascenderá ala suma de PESOS SESENTA MIL ($60.000), será abonada en DOS (2) cuotas de PESOS TREINTA MIL ($30.000) con los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre de 2023
- Se abonará una asignación no remunerativa para los trabajadores en actividad que cumplen tareas en relación de dependencia en las Jurisdicciones y Organismos pertenecientes al PODEREJECUTIVO NACIONAL, que ascenderá a la suma de PESOS SESENTA MIL ($60.000), que será abonada en DOS (2) cuotas de PESOS TREINTA MIL ($30.000) con los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre de 2023.
- Se pagará una asignación no remunerativa para los trabajadores y las trabajadoras del “Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares”, que ascenderá a la suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($25.000), que será abonada por los sujetos empleadores en DOS (2) cuotas de PESOS DOCE MIL QUINIENTOS ($12.500) con los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre de 2023
- Cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, los trabajadores percibirán la asignación no remunerativa en forma proporcional, de acuerdo a los mecanismos de liquidación previstos en el Convenio Colectivo de Trabajo aplicable o, supletoriamente, según las reglas generales contenidas en las leyes que les resulten aplicables de acuerdo a su modalidad de contratación
- Las Micro y Pequeñas Empresas que cuenten con Certificado MiPyME vigente a la fecha de entrada en vigor del presente decreto podrán computar a cuenta del pago de sus contribuciones patronales declaradas con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias, al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley N° 19.032 y sus modificatorias, al Fondo Nacional de Empleo, Ley N° 24.013 y sus modificatorias, y al Régimen de Asignaciones Familiares, Ley N° 24.714 y sus modificatorias, las sumas abonadas en concepto de la asignación no remunerativa , conforme a los siguientes porcentajes de reintegro para cada una de las categorías del Registro MiPyME detalladas: Micro: CIEN POR CIENTO (100 %) del monto total abonado en concepto de asignación no remunerativa. Pequeña: CINCUENTA POR CIENTO (50 %) del monto total abonado en concepto de asignación noremunerativa.Los reintegros establecidos serán efectuados durante los meses correspondientes al pago dela asignación no remunerativa y tendrán como monto máximo mensual el total de las contribuciones patronales declaradas con destino a los subsistemas enunciados.
- Aquellos empleadores del “Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares” que no fueren alcanzados o alcanzadas por el Impuesto sobre los Bienes Personales en el Ejercicio Fiscal 2022 y que hayan percibido ingresos netos en el mes agosto de 2023 por un monto inferior a PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL ($1.500.000) y que hubieren abonado el importe correspondiente a la asignación no remunerativa prevista , podrán solicitar el reintegro de hasta el CINCUENTA POR CIENTO (50 %) de lo abonado por este concepto, de conformidad con las condiciones y modalidades que establezca el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDADSOCIAL, quien deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de presentación