A través de la Res. 971/2023, la Comisión Nacional de Valores dispuso un límite de 100.000 nominales semanales para la venta de valores negociables de renta fija nominados y pagaderos en dólares emitidos bajo ley local y extranjera con liquidación en moneda extranjera.
De esta manera se estima que se aplicará una limitación en la operatoria equivalente a aproximadamente U$S 40.000 semanales en títulos públicos con la finalidad de adquirir el denominado dólar MEP. La medida rige a partir del día 15 de agosto y no tiene fijada una fecha límite.
De acuerdo a lo expuesto por la CNV, el objetivo de esta nueva norma es reducir la volatilidad del mercado financiero y su impacto sobre el normal funcionamiento de la economía, para así acompañar los esfuerzos por evitar desequilibrios en los llamados dólares financieros y desalentar movimientos especulativos.
No se modifica la restricción para operar dólar MEP cada 15 días, por lo tanto, solo se podrá aplicar esta operatoria hasta dos veces por mes.