AFIP habilitó la opción para que los contribuyentes puedan solicitar la devolución de las percepciones de ganancias y bienes personales por compras de moneda extranjera para atesoramiento y compras con tarjetas de crédito y/o débito en igual moneda realizados durante 2023.
Para solicitar la devolución, los sujetos alcanzados por el impuesto a las ganancias, deberán ingresar al servicio de la AFIP SIRADIG/Trabajador y completar las percepciones en el formulario 572 web.
En dicho formulario deberán clickear sobre la opción ‘Pago a Cuenta – Resolución General (AFIP) 4815/2020‘.
Allí se desplegará un menú de los gastos si fueron por servicios, compra de bienes o de dólares para atesoramiento.
Una vez completado, se debe generar una DDJJ y enviar el formulario (on line) al empleador.
Una vez finalizado el año calendario en el que se produjo la percepción, podrán solicitar la devolución quienes:
Cabe aclarar que las percepciones practicadas durante la vigencia de la RG AFIP 5450, practicadas entre el 23 de noviembre y el 13 de diciembre, van ser computables en la siguiente DDJJ con vencimiento en 2025.