Es un plan de la Ciudad de Buenos Aires que promueve la inserción laboral de jóvenes entre 18 y 24 años, consiste en una asistencia económica para solventar en forma parcial sus remuneraciones durante 12 meses. El objetivo es incentivar la contratación formal de jóvenes.
Cuando una empresa de la Ciudad contrata a una de las personas que cumplen los requisitos para formar parte del Plan Empleo Joven, el GCBA abona hasta un tercio del sueldo del nuevo empleado/a. El empleador abona la diferencia hasta completar el sueldo acordado. La asistencia económica se hará efectiva por medio de transferencia bancaria a la cuenta personal del trabajador que se abrirá en el Banco Ciudad
La adhesión de los jóvenes al Plan deberá ser solicitada por los empleadores a través de la plataforma “Trámites a Distancia (TAD)” del Gobierno de la Ciudad. Deberán cumplir los siguientes requisitos:
● Tener domicilio legal, fiscal o de explotación en el ámbito de la Ciudad.
● No haber efectuado despidos sin causa de su nómina de trabajadores en los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud de adhesión al Plan, en una cantidad que supere el quince por ciento de su nómina.
● No registrar incumplimientos a las obligaciones correspondientes a los aportes y contribuciones del Sistema Único de la Seguridad Social respecto del personal a su cargo, al mes inmediato anterior a la presentación de solicitud de adhesión al Plan.
Al contratar un joven de 18 a 24 años, el empleador tendrá un plazo de 20 días corridos contados desde la fecha de inicio de la relación laboral para adherirlo al Plan y percibir el beneficio.
Una vez aprobada la solicitud, deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
● Abonar al trabajador la diferencia entre el monto que brinda la Ciudad y la remuneración convenida entre las partes. En ningún caso podrá ser inferior al salario mínimo, vital y móvil o a la normativa laboral establecida para el puesto de trabajo correspondiente según el convenio colectivo vigente, de acuerdo a la actividad de la que se trate.
● Realizar los aportes y contribuciones a la seguridad social, sobre el 100% del salario.
● Cumplir con la normativa laboral vigente (alta temprana/ART, entre otras).
● Manifestar mensualmente a partir del mes siguiente de la aprobación de la inclusión del trabajador al Plan, en carácter de declaración jurada, su continuidad y/o baja.
Con el fin de poder ser elegidos como beneficiarios del Plan, los jóvenes deberán cumplir con las siguientes condiciones:
● Tener entre 18 y 24 años.
● Acreditar residencia en el territorio porteño.
● Encontrarse desempleados o con un empleo informal previo a ser incluidos en la solicitud de adhesión al Plan.