
Los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 589/10, que regula la actividad de los encargados de edificios de propiedad horizontal, cuentan con una nueva actualización salarial correspondiente a junio de 2026.
El acuerdo fue suscripto entre las partes y, al momento de la publicación de esta nota, se encuentra pendiente de homologación por parte de la Secretaría de Trabajo. No obstante, establece un incremento del 2,1% sobre los salarios básicos, además de incorporar sumas al básico y actualizar conceptos remunerativos que deberán ser considerados por administradores de consorcios y empleadores al momento de liquidar los haberes.
Esta actualización forma parte del proceso de revisión periódica de las escalas salariales del sector y busca mantener el poder adquisitivo de los trabajadores frente a la evolución de los costos.
La actualización no se limita únicamente al incremento porcentual de los salarios, sino que también modifica la composición de la remuneración, incorporando nuevos importes al salario básico y redefiniendo algunos adicionales.
A partir de junio de 2026, los salarios básicos de todas las categorías reciben un incremento del 2,1%, porcentaje que impacta directamente en la liquidación mensual y también en aquellos adicionales que se calculan sobre el salario básico.
Esto implica que cada empleador deberá actualizar las escalas salariales utilizadas para confeccionar las liquidaciones de sueldo.
Además del aumento porcentual, el acuerdo dispone la incorporación de importes fijos al salario básico.
En el caso de los trabajadores de cuarta categoría con jornada completa, se incorpora un monto de $50.000 al básico.
Para el resto de las categorías previstas en el convenio, la incorporación será de $25.000, generando una nueva base salarial sobre la cual se aplican los restantes conceptos remunerativos.
Esta modificación tiene relevancia porque el salario básico constituye la referencia para el cálculo de diversos adicionales previstos por el convenio colectivo.
Otro de los cambios introducidos por el acuerdo es la actualización de la suma fija remuneratoria.
Se establece un adicional remuneratorio de $30.000 mensuales para los trabajadores que cumplen jornada completa.
En aquellos casos en que la prestación de servicios sea por una jornada reducida, el importe deberá abonarse en forma proporcional, respetando las pautas previstas por el convenio colectivo.
Esta actualización forma parte de la recomposición salarial acordada entre las partes y deberá reflejarse en las liquidaciones correspondientes al período de vigencia.
La actualización salarial implica revisar las liquidaciones de haberes para asegurar que todos los conceptos se encuentren correctamente calculados.
Entre los principales aspectos a verificar se encuentran:
Realizar una correcta liquidación permite evitar diferencias salariales, reclamos laborales y eventuales contingencias derivadas del incumplimiento de las disposiciones convencionales.
Los acuerdos paritarios del sector de edificios suelen incorporar modificaciones que impactan tanto en los salarios básicos como en adicionales, bonificaciones y demás conceptos remunerativos.
Por este motivo, resulta fundamental que administraciones de consorcios, empresas y empleadores realicen un seguimiento permanente de las actualizaciones normativas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales.
En CGC Consultores brindamos asesoramiento integral en materia laboral, previsional y de liquidación de haberes. Nuestro equipo acompaña a empresas, consorcios y administraciones para aplicar correctamente las actualizaciones salariales y cumplir con la normativa vigente.
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