

Los monotributistas ya pueden consultar las nuevas escalas y valores del Monotributo que regirán a partir del 1° de agosto de 2026. La actualización fue publicada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) luego de conocerse el índice de inflación de junio informado por el INDEC.
La modificación impacta directamente en la segunda recategorización semestral del año, un trámite obligatorio para aquellos contribuyentes cuyos parámetros hayan cambiado durante los últimos seis meses.
A continuación, compartimos un resumen de los nuevos topes de facturación anual y de las cuotas mensuales que comenzarán a regir desde el 1° de agosto de 2026. Los valores fueron publicados por ARCA tras la actualización semestral del régimen.
| Categoría | Tope de facturación anual | Cuota mensual (Servicios) | Cuota mensual (Comercio) |
|---|---|---|---|
| A | $12.009.410,45 | $49.527,18 | $49.527,18 |
| B | $17.595.182,74 | $56.379,08 | $56.379,08 |
| C | $24.670.494,31 | $66.020,12 | $64.530,58 |
| D | $30.628.651,43 | $84.612,93 | $82.564,81 |
| E | $36.028.231,33 | $119.811,45 | $108.267,51 |
| F | $45.151.659,41 | $150.784,21 | $129.930,65 |
| G | $53.995.798,87 | $230.312,94 | $158.815,05 |
| H | $81.924.660,37 | $522.706,68 | $317.895,01 |
| I | $91.699.761,90 | $963.747,86 | $474.992,78 |
| J | $105.012.519,20 | $1.167.299,76 | $580.793,69 |
| K | $126.610.838,75 | $1.614.446,04 | $702.103,24 |
Importante: Los importes pueden variar según la composición de la cuota (impuesto integrado, aportes previsionales y obra social) y las características de cada contribuyente. Para determinar la categoría correcta es necesario evaluar también los demás parámetros del régimen, como superficie afectada, consumo de energía eléctrica y alquileres devengados.
La actualización responde al mecanismo de ajuste previsto para el Monotributo, que toma como referencia la evolución de la inflación.
Tras la publicación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de junio, que registró una variación mensual del 1,9%, la inflación acumulada del primer semestre de 2026 alcanzó el 16,8%. En función de este porcentaje, ARCA difundió los nuevos límites de facturación y los importes mensuales correspondientes a cada categoría.
Las nuevas escalas comenzarán a aplicarse desde el 1° de agosto de 2026.
La recategorización es el proceso mediante el cual cada monotributista debe verificar si continúa cumpliendo con los requisitos de la categoría en la que se encuentra inscripto.
Para ello, es necesario analizar los parámetros correspondientes al último semestre, entre ellos:
Si alguno de estos parámetros supera o queda por debajo de los límites establecidos para la categoría vigente, será necesario realizar la recategorización.
No todos los monotributistas deben modificar su categoría.
La recategorización corresponde únicamente cuando, al evaluar los últimos seis meses de actividad, los parámetros determinan que el contribuyente debe subir o bajar de categoría.
Quienes mantienen los mismos valores dentro de los límites de su categoría actual no deberán efectuar cambios.
La normativa vigente establece que la recategorización semestral vence el 5 de agosto de 2026.
Una vez realizada, la nueva categoría tendrá efectos a partir del período fiscal de agosto de 2026, modificando el importe mensual que deberá abonarse desde ese momento.
No cumplir con la recategorización cuando corresponde puede generar inconvenientes fiscales, entre ellos:
Por este motivo, resulta recomendable revisar la información antes del vencimiento y verificar que los datos declarados reflejen correctamente la realidad de la actividad.
Aunque las nuevas escalas ya fueron publicadas, cada contribuyente presenta una situación particular. Analizar correctamente la facturación, los parámetros y la categoría aplicable permite evitar errores y cumplir con las obligaciones fiscales de manera adecuada.
Una revisión profesional también ayuda a detectar posibles inconsistencias y anticiparse a eventuales observaciones por parte del organismo recaudador.
En CGC Consultores asesoramos a monotributistas, profesionales independientes y empresas en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Si tenés dudas sobre la recategorización del Monotributo, necesitás verificar tu categoría o querés asegurarte de cumplir correctamente con la normativa vigente, contactanos. Nuestro equipo está preparado para brindarte el acompañamiento que necesitás.