Mediante la Resolución General 5505/2024, publicada en el Boletín Oficial se modifica el procedimiento de transferencia de bienes muebles registrables, como vehículos automotores y moto vehículos usados.
Se deroga el régimen de información para la transferencia de automotores y moto vehículos usados , eliminando así los requisitos y condiciones para la obtención del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) en operaciones de compra y venta de vehículos con el fin de agilizar el proceso.
Los automóviles que debían declararse en la AFIP, con este certificado, eran aquellos que superaban los $ 4.500.000. El CETA era un formulario que tenían que presentar las personas (humanas y jurídicas) y las sucesiones indivisas, del país o residentes en el exterior, relacionadas con la transferencia de un auto o moto usado y que estén radicados en Argentina.