El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dispuso que los empleadores que contraten trabajadores encuadrados en el régimen de personal de casas particulares podrán solicitar el reintegro de hasta el 50% del bono de fin de año previsto en el Decreto N.º 841/22.
Los empleadores que soliciten el reintegro dispuesto en el artículo 1° deberán presentar la siguiente documentación:
a) Declaración jurada mediante la cual el empleador solicitante del reintegro manifiesta el monto total abonado al trabajador o la trabajadora en concepto de asignación no remunerativa.
b) Recibo de sueldo del último período devengado de diciembre de 2022 con la inclusión del pago de la asignación no remunerativa dispuesta en el Decreto N° 841/22.
c) Cuenta bancaria a nombre del empleador o la empleadora, identificando su correspondiente Clave Bancaria Uniforme (CBU)
Los empleadores deberán solicitar el reintegro establecido en el artículo 1° de la presente, ingresando la documentación y la información requerida en el artículo mencionado, en una opción que se denominará “Solicitud de reintegro – Decreto N° 841/22” en el PORTAL DE CASAS PARTICULARES del sitio web de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).
La inscripción para que los empleadores soliciten el reintegro y presenten la información requerida en el artículo 1° de la presente se iniciará el 16 de enero de 2023 y finalizará el 23 de enero de 2023.