

El Gobierno nacional reglamentó el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), un esquema creado por la Ley 27.802 de Modernización Laboral que busca promover nuevas contrataciones registradas en el sector privado mediante una reducción significativa de contribuciones patronales.
La reglamentación fue aprobada mediante el Decreto 315/2026, publicado en el Boletín Oficial el 4 de mayo de 2026, y establece los requisitos, plazos y condiciones para acceder al beneficio.
El Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral está orientado a reducir el costo de incorporación de nuevos trabajadores registrados.
El beneficio consiste en la aplicación de alícuotas reducidas de contribuciones patronales durante los primeros 48 meses de la relación laboral. Según informó ARCA, la reducción puede superar el 85% respecto del régimen general vigente.
La medida alcanza a empleadores del sector privado comprendidos dentro de las disposiciones de la Ley 27.541 y normas complementarias.
El régimen alcanza exclusivamente a nuevas relaciones laborales que:
Las incorporaciones realizadas fuera de ese período no podrán acceder al beneficio.
El Decreto 315/2026 establece distintas categorías de trabajadores alcanzados por el régimen. Podrán ser incorporados bajo el RIFL quienes:
La norma apunta principalmente a facilitar la inserción laboral formal de personas con baja participación reciente en relaciones de dependencia privadas.
Uno de los puntos aclarados por la reglamentación es el tratamiento de trabajadores adheridos al Régimen Simplificado.
Para quedar comprendidos en el RIFL, los monotributistas no deberán haber tenido una relación laboral privada registrada al 10 de diciembre de 2025 o durante los seis meses previos al alta como empleados.
Además, el decreto establece expresamente que el trabajador podrá continuar desarrollando otras actividades económicas (incluyendo Monotributo o actividad autónoma) sin que el empleador pierda el beneficio.
El régimen prevé alícuotas diferenciales para determinados subsistemas de la seguridad social.
Según el Decreto 315/2026:
La reducción tendrá vigencia durante los primeros 48 meses contados desde el inicio de la relación laboral.
El decreto también establece límites para empleadores que se hayan inscripto como tales a partir del 10 de diciembre de 2025.
En esos casos, las empresas podrán incorporar trabajadores bajo el RIFL hasta un máximo equivalente al 80% de su nómina total.
La medida busca evitar estructuras creadas exclusivamente para acceder al beneficio fiscal.
La normativa prevé causales de exclusión y pérdida automática de los beneficios en caso de incumplimientos.
ARCA será el organismo encargado de implementar controles sistémicos y determinar los mecanismos de recomposición de contribuciones, intereses y eventuales sanciones cuando corresponda.
Aunque el RIFL puede representar un alivio importante en el costo laboral de nuevas contrataciones, su aplicación práctica requerirá revisar cuidadosamente:
La reglamentación delega además varios aspectos operativos en ARCA, por lo que será clave seguir las resoluciones complementarias y criterios de implementación que publique el organismo.
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